Banda


La banda de cornetas y tambores de la Hermandad tiene su comienzo en 1965, donde aparecieron cornetas y tambores, no mas de diez, estos vestían de nazarenos. En 1971 ya eran veinte entre tambores y trompetas.
En 1982 se propone una reforma en la banda, se incorporan mas miembros y se cambia la indumentaria de nazareno por una especifica.
Don Lorenzo Molina Trujillo, se pone al frente del proyecto, promoviendo la incorporación de nuevos miembros, aunando criterios y organizando reuniones encaminadas a la formación de la banda en toda regla.
La Hermandad aprueba un numero de participantes no inferior a treinta, para lo cual adquiere instrumentos para este numero, y los dota de uniforme compuesto por las siguientes prendas:
   Camisa blanca
   Cordón rojo del hombro al pecho
   Manguitos de cuero negros
   Boina negra
   Pantalón negro con franja morada a lo largo del mismo
   Zapato negro y Calcetín blanco

Empiezan los ensayos después de la vendimia de 1982 en los locales de las antiguas escuelas, también utilizaron para este fin el Asilo y la ermita de la Soledad aún sin reparar.
Don Juan Isidro Rozas García, hermano de la Soledad, instruye y enseña a tocar los tambores y cornetas, con un repertorio de tres marchas lentas y dos ligeras, que se estrenaron en su primera actuación procesional de la Semana Santa del año 1983.














En el año 1984, son aprobados los Estatutos de la Banda por los que se han de regir.



ESTATUTOS DE LA BANDA DE CORNETAS Y TAMBORES DE LA HERMANDAD DE NUESTRA SEÑORA DE LA SOLEDAD Y VERACRUZ
MORAL DE CALATRAVA 13 Y 20 DE MAYO DE 1984


Por acuerdo de la Junta Directiva, celebrada los días 13 y 20 de mayo de 1984, y por delegación de la Junta General Ordinaria de día 6 de mayo del presente año que facultaba a esta, se APRUEBAN los siguientes estatutos de la banda de Cornetas y Tambores de esta Cofradía. Su entrada en vigor será desde el día 21 de mayo de 1984.

Artículo 1º
La Hermandad de nuestra Señora de la Soledad y Veracruz es una Cofradía de Penitencia, que tiene por objeto rendir culto a Nuestra Señora de la Soledad y a la Santa Cruz, y para la realización del mismo, en sus desfiles procesionales, se acompañara de la Banda en todos ellos, aunque solo figure en el desfile uno de los dos cultos.

Artículo 2º
Pueden pertenecer a esta todos los Hermanos que lo soliciten, con la condición de tener que acatar los presentes Estatutos y que hubiera vacantes en la misma, según la regulación que al respecto lleve la Junta Directiva.

Artículo 3º
La admisión a la Banda la llevara a cargo la Junta Directiva, o uno de sus miembros por delegación, siguiendo el orden de peticiones que hubiera en ese momento, reservandose la Junta Directiva o su Delegado, el derecho de estimar o desestimar las mencionadas peticiones.

Artículo 4º
La banda quedará compuesta por un número mínimo de 38 y máximo de 50.

JUNTA DE GOBIERNO DE LA BANDA

Artículo 5º
La banda tendrá los siguientes mandos:
   1 Jefe de Banda
   1 Subjefe de Banda
   4 Jefes de Escuadra

Artículo 6º
El Jefe de la Banda es el responsable máximo de las misma, pertenecerá a la Junta Directiva de la Hermandad a la cual dará cuenta de sus gestiones y realizaciones.

Artículo 7º
Los Jefes de Escuadra tendrán a su cargo una Sección de los componentes de la misma. Su función será la de ayudar al Jefe de Banda en cuantas cosas su ayuda fuese requerida.

Artículo 8º
La elección y nombramiento de estos cargos se realizará de la siguiente forma:
   Los cargos serán elegidos entre todos los miembros de la Banda; para el Jefe y Subjefe uno por votación y papeleta y para los Jefes de Escuadra mediante cuatro nombres por papeleta, saliendo elegidos los que mas votos obtengan.
Serán atribuciones de la Junta Directiva, proceder al nombramiento o desestimación del Jefe de Banda, en este caso se procedería a una nueva elección.
A las votaciones podrán asistir los miembros de la Junta Directiva que lo estimen conveniente.

Artículo 9º
Los cargos de la banda serán incompatibles entre sí y todos ellos.

Artículo 10º
Cualquier miembro de Banda, quedará obligado a:
  
a) A aceptar ser Jefe de Banda, Subjefe o Jefe de Escuadra si fuera elegido para ello.
b) A asistir a los ensayos de esta y a los desfiles procesionales que estén acordados.
c) A responsabilizarse del tambor, cornetas, galas, etc. que pertenezca a la Hermandad y que le es cedido para el fin propuesto.

Artículo 11º
Se perderá la condición de miembro de la Banda

a) Por baja voluntaria de la misma. En este caso quedaría como Hermano de la Cofradía.
b) Por baja voluntaria de la Hermandad.
c) Por fallecimiento.
d) Por no asistencia sin causa justificada a varios desfiles procesionales. A uno advertido y a dos    expulsado.
e) Por faltar repetidas veces a los ensayos.
f) Por cometer algún acto infame.
g) Por indisciplina en ensayos y desfiles.

DERECHOS DE LOS HERMANOS DE LA BANDA

Artículo 12º
Los miembros de la banda tendrán los siguientes derechos

a) A poder se elegidos Jefe de Banda, Subjefe o Jefe de Escuadra.
b) Si abandonan la Banda por causa justificada, nunca por expulsión, volver a la misma con preferencia de entrada.
c) A percibir el 100% de las dianas.
d) A percibir el 50% de las cantidades líquidas percibidas por  la Junta Directiva en caso de contratación para desfiles. El contrato los realizará la Junta Directiva de la Hermandad previa conformidad simple de los miembros de la Banda.

Quedan aprobados los presentes ESTATUTOS en reunión de la Junta Directiva celebrada el 20 de mayo de mil novecientos ochenta y cuatro.

En el año 1985, la Hermandad delega las gestiones de la Banda en el Vocal de la Junta Don Juan Herreros.
La Consejería de Educación y Cultura, concede una subvención de 50.000 pesetas a la Hermandad, para instrumentos y accesorios musicales en el año 1989.
En noviembre de 1998, se aprueba la chaquetilla de color granate como complemento al uniforme de la banda.
La Banda ha sido invitada y ha desfilado en las localidades de Ciudad Real, Almagro y Granátula. Actualmente son 85 los integrantes de la Banda de Cornetas y Tambores.